Premio Concurso de Ensayo Ciencias Sociales. Programa Pensamiento Alternativo. 2007

miércoles, 25 de marzo de 2009

Introducción

La verdadera esencia del neoliberalismo no es el libre mercado. Por el contrario, se ha caracterizado por la explotación de recursos naturales y humanos de los países del “Tercer Mundo” en beneficio de las metrópolis, a través de acuerdos leoninos comerciales, políticas dictadas por los Organismos Financieros Internacionales (OFIs), o cuando el caso lo amerite, a través de incursiones militares.

“El neoliberalismo se ubica como una reflexión desde un capitalismo de mercado puro, y de régimen republicano (...) al mismo tiempo, dentro del capitalismo, el neoliberalismo representa una posición que tiende a no aceptar premisas o postulados histórico-sociales, afirmando más bien que el mercado es una entidad de la naturaleza, que funciona de forma natural, y que pertenece, por ejemplo, con la familia monogámica patriarcal, a formas heredadas biogenéticamente en el desarrollo de la humanidad y en tal sentido igual a como funciona un grupo animal social, o procesos bioquímicos o astronómicos” (Saxe, E. 1999: 91).

Claro está que el mercado, junto a la familia monogámica patriarcal y entidades divinas “voyeuristas”, no poseen referente histórico alguno en los períodos de la formación de la especie humana. Su única relación la encontramos a través de la etología que nos permite comprender que “la estrategia de acumulación forma parte de un comportamiento animal que perdura en el mundo de los primates humanos; un mundo en el que algunos continúan acumulando poder y riqueza siguiendo pautas etológicas y atávicas, condenando así, como cualquier otro animal, a grupos enteros de nuestra propia especie a la pobreza (y al exterminio, BGH)” (Carbonell; Sala, 2002:76).

El neoliberalismo en la actualidad, ha diferido de sus principios liberales originales, los cuales se enmarcaban dentro de un contexto en pro del sector social de los diferentes países en que se desarrolló originalmente.

Este ensayo se propone estudiar la relación simbiótica del neoliberalismo y su doctrina del libre mercado con la guerra, a través del concepto de la “liberalización competitiva”[1], que se encuentra plasmado en los “Tratados de Libre Comercio” (TLC), haciendo especial énfasis en el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos (CAFTA-DR, por sus siglas en inglés), debido a su importancia geoestratégica, tanto por sus recursos estratégicos como por la necesidad de consolidar una “zona tapón” que impida la expansión del nuevo populismo sudamericano.

Para efectos de este ensayo, es importante destacar que las teorías a utilizar serán, por un lado, el realismo político para comprender el espectro de la guerra, la seguridad y la deslegitimación del Derecho Internacional por parte de Estados Unidos (EE.UU.). Esta teoría es importante porque es el referente teórico utilizado, en gran medida por la Administración Bush. Por otro lado, las teorías del imperialismo, deben ser rescatadas para comprender, a cabalidad, el accionar de la política exterior estadounidense.

De ahí que, para efectos de este ensayo y para que no haya una mala interpretación, aclaro que no considero a EE.UU. como un Imperio debido a que estratégicamente se encuentra muy débil. Esto se constata en su crisis económica, división política y social, la pérdida de influencia en gran medida producto del surgimiento de retadores regional a su hegemonía, y por último, su incapacidad de salir victorioso en dos teatros bélicos frente a dos países totalmente devastados, los casos de Afganistán e Irak[2].

Sin embargo, sí considero a EE.UU. como una potencia imperialista, es decir, con aspiraciones imperiales, debido a que sus políticas revisionistas buscan una ruptura del statu quo establecido y modificar las relaciones de poder en el sistema internacional.

Los TLC van más allá de ser simples acuerdos comerciales y, por el contrario, cumplen una función estratégica en las políticas exteriores y de seguridad de varias potencias. En el caso de EE.UU., sus defensores sostienen que “ninguno de los TLC negociados por los EE.UU. persigue estrictamente razones económicas. En cada caso, hay únicas preocupaciones políticas, diplomáticas o estratégicas que hacen al posible “socio” de un TLC, atractivo”[3].

Es importante tener presente la estrategia militar de EE.UU., -que está integralmente relacionada con la doctrina del “libre mercado”-, en América Latina, cuyo principal objetivo es instalar y sostener regímenes de poder que promuevan las políticas de “libre mercado” y socavar los movimientos sociales y los gobiernos que buscan o plantean modelos alternativos de desarrollo.

Esta estrategia militar, afirma Petras, “ha operado en múltiples niveles, tomando en cuenta los diferentes contextos políticos, pero todos convergen en el mismo objetivo: a) narcointervención, que es básicamente una actividad encubierta de contra-insurgencia para establecer una constante presencia militar en Sudamérica (Bolivia, Perú, Colombia, etc.); b) combate de baja intensidad, en América Central, un eufemismo de una ofensiva militar expandida e intensa de las fuerzas armadas y de los escuadrones de la muerte para militares aliados en contra de los movimientos políticos y sociales de la región; c) intervención militar directa en gran escala, que incluye fuerzas armadas estadounidenses (Grenada, Panamá) o sustitutas (Nicaragua), con el propósito de destruir el régimen, sus instituciones estatales y sus estructuras socioeconómicas, e instalar un dócil gobierno títere, y d) convergencia ideológica rutinizada (en el resto de América Latina) para prevenir levantamientos populares” (1997:20).

Otro elemento que se debe tener presente para comprender los TLC, en especial los realizados con EE.UU., es que no son supranacionales, ni siquiera fomentan la supranacionalidad. En el caso de Centroamérica, el TLC con EE.UU. socava todo esfuerzo integracionista que se alcanzó en años anteriores, destruyendo toda la institucionalidad desarrollada por los procesos de integración, como es el caso de la Corte Centroamericana de Justicia, que se verá obsoleta producto de los “paneles de resolución de conflictos” que se encuentran estipulados en el capítulo 10 del Tratado[4].

Posee, además, un carácter leonino, siendo su esencia prácticamente (neo) colonialista. Por ello, más que buscar un tipo de integración entre “las partes”, conduce a una especie de anexión, producto de la reducción de la soberanía de los Estados más débiles, que terminan guiándose por los designios de Washington y aplicando en sus territorios el “USA Patriot Act[5]” y con ello creando un Nuevo Orden Jurídico Internacional, basado en el derecho interno de EE.UU.

El “libre comercio” se podría interpretar como la continuación de las “políticas de puertas abiertas” seguidas por los EE.UU. que busca una apertura total al comercio y la inversión, especialmente en los países “subdesarrollados”.

Magdoff sostiene que “el marco legal necesario a la política de puerta abierta con respecto a la inversión de capital ha sido incorporado durante la posguerra a los acuerdos multilaterales, tales como el firmado por las veinte naciones americanas en 1948 en Bogotá, y a los tratados bilaterales modernizados sobre amistad, comercio y navegación”. Estos últimos tratados, continua el autor, “contienen una cláusula de inversiones que cubre el derecho del capital norteamericano de participar libremente en negocios, la no discriminación contra los inversionistas de los EE.UU., la no interferencia en cuestiones de propiedad, las operaciones administrativas de los inversionistas norteamericanos y otras disposiciones protectoras similares“(Magdoff, 1969:148)

Para garantizarse la viabilidad y aprobación de este tipo de tratados leoninos, los EE.UU. “han aceptado introducir cierta flexibilidad en los tratados con países subdesarrollados para acomodarlos a las necesidades políticas de los grupos gobernantes, pero insisten en contar con tales tratados y utilizan la ayuda económica como arma para obtener otros acuerdos de protección de las inversiones norteamericanas” (1969: 148). Es importante traer a colación las afirmaciones de la Oficina de las Colonias de Gran Bretaña que durante la Segunda Guerra Mundial, observaba que “los norteamericanos están dispuestos a dejar que sus subordinados sean independientes políticamente mientras sigan atados económicamente a ellos y no vean ninguna inconsistencia en eso” (Chomsky, 1988:20)

Resulta interesante rescatar las palabras de Alexander Hamilton, quien en 1791 comentaba sobre los peligros que puede acarrear el comerciar con grandes potencias: “EE.UU. no está en posición de comerciar con Europa sobre una base igualitaria, y la exigencia de reciprocidad lo conduciría a confinarse a sí mismo a la agricultura, y a abstenerse de las manufacturas. Una necesidad constante y creciente, por parte de EE.UU., de las mercancías europeas, y sólo una demanda parcial y ocasional de las suyas como respuesta, no podría sino exponerlo a un estado de depauperación comparado con la opulencia a que le permiten aspirar sus ventajas políticas y naturales”. Hamilton brinda, además, una solución para evitar las desventajas que acarrean estos tratados leoninos: “Si Europa no adquiere nuestros productos, en condiciones adecuadas a nuestros intereses, el remedio natural es reducir, tan pronto como sea posible, nuestras compras a ella” (citado en Wionczek, 1964: XIX, énfasis BGH).

Sin Embargo, han pasado más de 200 años desde que Hamilton advierte sobre estos peligros y la situación mundial actual dista mucho de la situación de aquella época. Son los EE.UU. los que imponen las políticas comerciales que le permitan sostenerse en el centro del poder de la red imperialista, y el Estado que pretenda resistirse a su dominación, será objeto de intervenciones militares.

No se puede creer ingenuamente que estos tratados de libre comercio, sí fomentarán la competencia igualitaria entre las empresas de cada una de las partes. Este tipo de tratados, y prácticamente al igual que todo el derecho, no son descriptivos, es decir, no describen la realidad per se, por el contrario, son prescriptivos, con ello, se afirma como debería ser la realidad. En este tipo de tratados se sostiene que se dará la posibilidad de la libre competencia de forma igualitaria entre las partes, sin favorecer a las empresas nacionales más que las extranjeras –por ello se aduciría que las empresas extranjeras deberán tener un trato igual o mejor que las nacionales-. Con todo ello, se pretende que una empresa centroamericana luchará en igualdad de condiciones con una norteamericana, cuyos capitales son, en muchos casos, superiores incluso a los de otros países.

En consecuencia, esta igualdad de tratamiento entre las partes equivale a una igualdad de oportunidades para las firmas norteamericanas en cuanto explotar los recursos estratégicos centroamericanos y una igualdad de oportunidades para las empresas centroamericanas de explotar los recursos estratégicos en territorio norteamericano. El sólo hecho de pensar que sucederá así, ya es absurdo, y los gobernantes centroamericanos que lo expongan de esta forma a sus respectivos pueblos, se caracterizan por una fuerte demagogia y una esencia dictatorial[6].

No es de sorprender que las negociaciones de estos tratados, al menos en el caso centroamericano, se desarrollaran de forma secreta. Es hasta el 2004 que se da a conocer el texto del tratado producto de una cláusula de confidencialidad exigida por el gobierno de EE.UU.[7]. Tras los atentados del 11 de septiembre de 2001, se contempla una afición del gobierno estadounidense por la “diplomacia secreta” -característica de las viejas potencias imperiales- abolida al finalizar la Primera Guerra Mundial en los “catorce puntos” del presidente Woodrow Wilson.

Se debe recordar, además, que con la aprobación del Acta Patriota “retornan EE.UU. y el mundo, a un tiempo cuando los gobiernos legalmente hacían recurso a la “guerra sucia” para combatir el terrorismo, incluyendo contratar miembros de las mismas organizaciones “insurgentes” o del mundo del crimen. Eso fue prohibido en EE.UU. a raíz de las actividades del presidente Nixon (Watergate) al final de la Guerra de Vietnam, pero ha sido reinstaurado en la legislación en estos días junto con otra serie de medidas que amplían las prerrogativas de los cuerpos de seguridad, inteligencia y judicial, con la consecuente reducción de un conjunto de libertades civiles y cívicas” (Saxe, 2002: 16). Esto viene a generar la transición de un Estado cuasidemocrático a un Estado netamente neofascista.

La relación entre el libre comercio y la seguridad nacional que este ensayo pretende estudiar, no se encuentra en lo referente a la fabricación de armas en países como Costa Rica y la posible comercialización de armamento militar. Por el contrario, se enfocará en el artículo 21.2 del Capítulo de Excepciones del CAFTA-DR, llamado “Seguridad Esencial”, cuyo concepto no ha sido definido aún, con lo cual se caracteriza por ser ambiguo. Posteriormente a tratar de comprender el ya complejo concepto de “Seguridad Esencial”, se podrán responder varias de las interrogantes que surgen de un TLC con EE.UU.: ¿Cuál es el Interés de EE.UU. de negociar Tratados de Libre Comercio, en especial con Centroamérica? En el caso de Costa Rica, ¿para qué se negociaron precios de armas de guerra para un país sin ejército? Y en última instancia, ¿Será que la industria de la guerra busca nuevos mercados? O ¿Será que la riqueza del “libre comercio” necesita ser custodiada de unos cuantos que no se beneficiarán de él?[8]
[1] Política utilizada por la administración Bush que busca una apertura de los mercados mundiales a las compañías estadounidenses, además de un fortalecimiento de las leyes orientadas al libre mercado, que le permitan a los EE.UU. mantenerse en el centro del poder de este sistema. Para Simon Evenett y Michael Meier este tipo de política persigue tres tipos de objetivos claramente definidos: “First, to induce a competition for access to the large U.S. market, thereby encouraging foreign countries to open their economies to U.S. companies and farmers. Second, to encourage the adoption abroad of U.S.-style market-friendly business laws and regulations, or at least the adoption of regulations that U.S. businesses can accommodate more easily. These two objectives are to be accomplished through mutually-reinforcing and sequential bilateral, regional, and multilateral trade initiatives. The third objective is to encourage other nations to support U.S. foreign policy and military objectives, and more broadly, what might be termed U.S. values.” Evenett; Meier, 2006: 2)
[2] Para un estudio serio sobre la debilidad de EE.UU. véase el libro de Saxe Fernández, “Colapso Mundial y Guerra” en especial el capítulo “aspiración imperialista de EE.UU., debilidades estratégicas, guerra y colapso mundial”.

[3] “None of the FTAs the United States has negotiated was pursued strictly for economic reasons. In each case, there are unique political, diplomatic or strategic concerns that make the potential FTA partner attractive”. Este tipo de argumentos se encuentran a lo largo de los documentos de los Think Tanks neoconservadores (neocons). En este caso, esta cita se encuentra en el proyecto para un TLC con Taiwán, planteado por el Project for a New American Century (PNAC). En Greg Mastel, “Project Paper for a US-Taiwan Free Trade Agreement” www.newamericancentury.org
[4] En este capítulo se establece que si alguna de las empresas inversionistas se declara como perjudicada por las medidas tomadas por el Estado tiene dos vías para reclamar con la posibilidad de elegir cualquiera de las dos; puede recurrir a los Tribunales de Costa Rica o puede ir a un centro de arbitraje internacional. El Estado afectado, por el contrario, está obligado a comparecer ante ese centro. Entre los centros de arbitraje internacional se encuentran, el CIADI (Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias Relativas a las Inversiones), que es del Banco Mundial, o bien la CNUDMI (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional), de las Naciones Unidas.
[5] Cuyo significado es Uniting and Strengthening America by Providing Appropriate Tools Required to Intercept and Obstruct Terrorism (Unir y fortalecer a EE.UU. para proporcionar los instrumentos adecuados que permitan frenar y obstaculizar al terrorismo). Esta Acta fue aprobada en octubre de 2001 por el Senado -98 votos frente a 1- y por el Congreso –de sus 435 miembros sólo se opusieron 66-, con esta ley “el fiscal general recibió poderes plenos en lo que respecta a la detención y el encarcelamiento, en su caso sin proceso legal alguno, de personas. El Estado, por otra parte, pasó a disfrutar de capacidades ilimitadas en lo que se refiere al control de las comunicaciones y los datos informáticos, al tiempo que se alteraban las normas aplicadas a la desclasificación de documentos” (Taibo, 2005: 84)
[6] Vale la pena rescatar las afirmaciones del presidente de Costa Rica, Oscar Arias, quien en reiteradas ocasiones saca a relucir su discurso demagógico, como en el caso de afirmar que “quienes antes iban a los trabajos en bicicleta, con el TLC, podrán llegar montados en un Mercedes Benz, o más recientemente, la posibilidad de que las pequeñas pulperías podrán competir con los grandes supermercados.

[7] Tomado del documental “Costa Rica Sociedad Anónima”
[8] Preguntas formuladas en el documental “Costa Rica Sociedad Anónima”.

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